Con esta forma de pago, pagarás en el caso de que el exportador (beneficios) haya cumplido con los términos y condiciones acordados previamente entre las partes y se expresan en la apertura.
Pueden clasificarse en:
Confirmados. En los casos en que una entidad del país de origen de la mercancía confirma (avala) la operación.
No confirmados. El Banco del beneficiario gestiona los documentos sin añadir su confirmación.
Transferibles. En los casos en que se transfiera el crédito a un tercero, con sus derechos y obligaciones.
Ventajas
Aporta confianza tanto a ti como al exportador. A ti al tener la seguridad de que únicamente se pagará si el vendedor ha cumplido con los términos y condiciones indicados en la apertura. Al exportador por la garantía aportada por el Banco.
Protección jurídica. Está regulada por las Reglas y Usos Uniformes (UCP600) de la Cámara de Comercio Internacional proporcionando un marco de referencia estable, seguro y universal.
Es el medio de pago que más protección te ofrece frente al riesgo comercial o de impago.
Servicios complementarios
Posibilidad de financiación retrasando el cargo en cuenta en función a tus necesidades.
Posibilidad de contratar coberturas de cambio para aquellas operaciones en divisa diferente a euro