Para actividades industriales, comerciales o de servicios.
Seguro de Responsabilidad Civil
¿Por qué contratar un Seguro de Responsabilidad Civil?
Protege el patrimonio empresarial y personal, externalizando el riesgo de pago de indemnizaciones por daños materiales o personales causados a terceras personas:
En el normal desarrollo de la actividad.
Por los trabajos/productos realizados y entregados.
Por accidentes laborales.
Por errores o negligencias profesionales.
Por toma de decisiones erróneas como persona directiva o alto cargo.
La defensa jurídica ante posibles reclamaciones.
En algunas actividades, permite cumplir con el requisito del seguro para desarollarla.
¿Qué Responsabilidad Civil elegir?
Orientada a profesionales liberales.
Preguntas frecuentes
En general no, aunque siempre es muy conveniente. De esta manera, nos aseguramos el pago de posibles indemnizaciones a las que tengamos que hacer frente y proteger así, además, nuestro patrimonio personal, más aún si eres autónomo, autónoma, empresario o empresaria individual o formáis una Comunidad de Bienes. En estos casos, según la legislación vigente, la responsabilidad es ilimitada y puede afectar al patrimonio personal.
En todo caso, hay que tener en cuenta que para llevar a cabo determinadas actividades sí es obligatorio contar con un Seguro de Responsabilidad Civil, como en el caso de prestadores de servicios de certificación, actividades relacionadas con la telecomunicación, instalaciones eléctricas de alta tensión, etc... Esta obligación viene marcada por la legislación estatal, así como la autonómica, y viene marcado por código CNAE - Clasificación Nacional de Actividades Económicas - de cada actividad.
Si tienes un Seguro Multirriesgo, un Seguro de Comercio o Pyme, seguramente tengas incluida también la cobertura de responsabilidad Civil, por lo general no será necesaria la contratación de un Seguro propio de Responsabilidad Civil, aunque en algún caso puede ser que sí debido a la actividad o al volumen del negocio, entre otros.
El precio del seguro normalmente se calcula en base a la actividad, al volumen de facturación o el número de personas en plantilla, según el caso.
Sí, siempre que se considere que existe una responsabilidad civil conforme a la legislación vigente, en especial, de acuerdo a lo recogido en los artículos 1089 y 1.902d el Código Civil.
En cualquier caso, un Seguro de Responsabilidad Civil dará cobertura únicamente a daños ocasionados por actos u omisiones en los que ha intervenido culpa o negligencia, nunca en supuestos en los que ha intervenido dolo, y siempre hasta el límite del capital y coberturas contratadas.
Sí, además de la garantía principal de RC, incluyen cobertura de defensa jurídica, para los supuestos en los que no se estima la responsabilidad civil imputada y también se cubren las fianzas judiciales exigidas para garantizar su responsabilidad civil en el caso de iniciarse un procedimiento judicial, así como el pago de las costas judiciales impuestas por sentencia.
- Las actividades industriales, comerciales y de servicios no profesionales (entendidos como no profesionales liberales) precisan un Seguro de Responsabilidad Civil General con el que cubrir, entre otros, los daños que se pueden causar como propietarios, propietarias, usuarios y usuarias de las instalaciones o bienes muebles de la actividad, daños por la ejecución de trabajos propios de la actividad, daños a terceras personas por incendios, explosión o agua, daños que pueda sufrir el bien confiado por los clientes y clientas y sobre el que se esté trabando, daños que nuestro producto o trabajo pueda causar a terceras personas en el supuesto de que éste haya resultado defectuoso y/o cubrir posibles indemnizaciones debidas por accidentes laborales sufridos por las personas empleadas.
- Las profesionales y los profesionales liberales o titulados, profesiones para las que se requiere una titulación que acredite la capacidad para ejercerla y los únicos medios empleados son los conocimientos especializados, en muchos casos colegiados, tales como: abogados y abogadas, arquitectos y arquitectas, médicos, dentistas, profesores y profesoras, ingenieros e ingenieras informáticos… precisan de un Seguro de Responsabilidad Civil Profesional con el que cubrir los daños ocasionados por errores o negligencias en el desarrollo de su actividad y los ya mencionados.
- El Seguro de Responsabilidad Civil para Personas Directivas y Altos Cargos protege el patrimonio personal de las personas que toman o asumen decisiones en la gestión de la empresa, frente a reclamaciones de cualquier tercero perjudicado –accionistas, personas empleadas, acreedores, sociedad… - por actos u omisiones negligentes en la gestión y por las que, de acuerdo con la legislación vigente, deben responder con su patrimonio personal – incluso familiar -, sea cual sea su tamaño o actividad. Hablamos, entre otros, de reclamaciones por quiebras, competencia desleal, incumplimientos del deber de confidencialidad, daños a la imagen, delitos ecológicos, denuncias por mobbing…
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Seguros mediados por Caja Laboral Bancaseguros SLU, con CIF nº B 75060988, operador de banca-seguros vinculado, inscrito en el Registro Administrativo Especial de Mediadores de Seguros de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones con la clave OV-0072. Aseguradoras del riesgo: Seguros Lagun Aro, S.A., Caja de Seguros Reunidos, Compañia de Seguros y Reaseguros, S.A. - CASER, Generali Espana, Sociedad anónima de Seguros y Reaseguros, HISCOX S.A. sucursal en España, ZURICH Insurance Europe AG, sucursal en España. Responsabilidad Civil y Capacidad Financiera cubiertas según legislación vigente. Para consultar el resto de aseguradoras pinche aquí