Incapacidad permanente
Hay muchas situaciones en la vida de un autónomo que requieren especial atención así como de un buen asesoramiento a la hora de contratar un seguro que te cubra ante imprevistos.
Cuando se acaba el período máximo de prestación por incapacidad temporal sin haber sido dado de alta o bien en el caso de encontrase en una situación de incapacidad laboral que pueda ser definitiva, el trabajador puede optar a la incapacidad permanente. Este es un resumen de las diferentes modalidades de incapacidad permanente:
- Parcial: es la que se produce cuando el trabajador presenta una discapacidad igual o superior al 33% para el desarrollo normal de su profesión, pero que le permite efectuar las tareas fundamentales de la misma.
- Total: es la que inhabilita para hacer todas las tareas fundamentales de la profesión, pero no es incompatible con el desarrollo de un trabajo diferente.
- Absoluta: invalida para el desarrollo de cualquier trabajo. La cuantía de la prestación vitalicia es del 100% de la base reguladora.
- Gran invalidez: situación del trabajador que necesita la asistencia de otra persona para llevar a cabo los actos esenciales de la vida. La prestación equivale al 150% de la base reguladora (100% de la base reguladora más un 50% adicional por la necesidad de una tercera persona).
Estas son algunas de las situaciones en las que recomendamos contratar un seguro de vida con el garantizamos la continuidad de la empresa, la estabilidad económica de tu negocio y de los tuyos en caso de que algo te suceda. Y las ventajas de un seguro de vida:
- Ventajas tributarias: Si el capital contratado (el que recibirán sus beneficiarios en caso de su fallecimiento) lo reciben sus familiares directos; no está afecto a descuentos tributarios por impuesto a la herencia en el País Vasco.
- Inembargable: El capital asegurado no responde por deudas que el asegurado tuviera al fallecer.
- Flexible: Podrás adaptar los capitales asegurados en cualquier momento, adaptando el seguro de vida que contrates a las distintas necesidades de protección a las que te enfrentarás a lo largo de tu vida, sin necesidad de adquirir nuevas pólizas.
- Amplitud de coberturas: No sólo cubro mi fallecimiento, también puedo contratar un capital que cubra la gran invalidez, la invalidez absoluta y total…y otras coberturas adicionales como subsidio por hospitalización o incluso enfermedades graves.
- Complemento a la SS: En caso de sufrir cualquiera de las contingencias que decida contratar en mi seguro de vida, el capital del seguro de vida paliará el efecto del pago de la seguridad social, pues ésta me pagará un capital que en la mayoría de las ocasiones será insuficiente para afrontar con solvencia las consecuencias del hecho, ya sea porque cotizaba por menos de lo que ganaba, porque las consecuencias son graves o por ambas.